CGI presta servicios electrónicos de confianza con el nombre comercial CGI DigitalTrust360.
Inicialmente este tipo de servicios se prestan en calidad de tercero de confianza conforme al artículo 25 de la Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico española.
En la actualidad, CGI presta servicios electrónicos de confianza conforme a la reciente Ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza, como complemento del Reglamento (UE) n.º 910/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de julio de 2014, relativo a la identificación electrónica y los servicios de confianza para las transacciones electrónicas en el mercado interior.
Servicio cualificado de entrega electrónica certificada
Condiciones generales:
Términos y Condiciones Generales del Servicio: Leer aquí
Declaración de Prácticas:
Este es el documento de la Declaración de Prácticas que se puede consultar: Versión actual | Versión 2 | Versión 1
Buzón de Quejas y Sugerencias:
A través de este correo electrónico atenderemos las quejas y sugerencias relacionadas con el servicio de entrega electrónica certificada: psc.ES@cgi.com
Link a Web Oficial del Ministerio:
En el siguiente enlace se puede comprobar que aparecemos como Prestador de Servicios de Certificación en la web oficial del Ministerio: Acceder aquí
Reglamento EIDAS:
Reglamento (UE) Nº 910/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo de 23 de julio de 2014 relativo a la identificación electrónica y los servicios de confianza para las transacciones electrónicas en el mercado interior y por el que se deroga la Directiva 1999/93/CE. Ir al enlace
Los certificados admitidos en el servicio tanto para la emisión como para la recepción son:
- El certificado cualificado de persona física de la FNMT-RCM
Otras certificaciones:
Servicios de Confianza no cualificados
- Servicio de notificación electrónica certificada
- Servicio de custodia electrónica certificada